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Desde el jueves 14 de enero el toque de queda será de 9:00 p.m. a 4:00 a.m. a nivel nacional.

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Hoy y mas temprano de lo usual, el Ministro de Salud Luis Francisco Sucre encabezó una conferencia en la que se anunció, entre otras cosas, las medidas que empezarán a regir desde este 14 de enero, fecha en que vence la cuarentena a la que han tenido sometida a las provincias de Panamá y Panamá Oeste.

Lo primero que dijo es que, desde este jueves 14 de enero, el toque de queda será de 9:00 p.m. a 4:00 a.m. a nivel nacional y anunció que se mantiene la restricción para compras por género, es decir que las mujeres pueden salir los lunes, miércoles y viernes, mientras los hombres los martes y jueves. Se establece cuarentena total los fines de semana y lo único que queda eliminado es la salida por último dígito de la cédula.

También dejó claro que en las provincias de Panamá y Panamá Oeste se mantienen los cercos sanitarios y estarán ubicados en la garita de la Policía Nacional en el distrito de Chepo y en el balneario El Lago, de Capira.

Decreto Ejecutivo No. 231 del 29 de diciembre de 2020: Establece las suspensiones de los contratos de trabajo hasta el 31 de enero de 2021. Según las autoridades, este decreto: «facilita la hibernación laboral que permite a las empresas reactivarse frente a una recuperación económica, por lo que hemos decidido extender la vigencia de este Decreto Ejecutivo durante el mes de febrero de 2021«

Las reaperturas de los comercios se dará de la siguiente forma:

14 de enero

  • Ejercicios al aire libre y deporte que no sean de contacto, ni grupales
  • Comercio al por menor (online y por delivery)
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  • Comercio al por mayor, solo para surtir y distribuir a los establecimientos comerciales.
  • Industria de la construcción, actividades relacionadas y cadenas de suministro, tales como producción, importación y distribución de materias primas y materiales de construcción.
  • Servicios administrativos y generales, tales como alquiler de autos, alquiler de bienes inmuebles, servicio de apoyo a los negocios, agencias de viajes y servicios de reservaciones, promotores, agentes y representantes de espectáculos artísticos, deportivos, académicos y similares,  servicios de investigación científica y desarrollo, servicios de marketing y publicidad, consultorías, servicios de copiado, archivos y custodia de documentos, servicios profesionales, servicios técnicos, servicios domésticos y de limpieza, lavanderías y lavamáticos, lugares de culto con un máximo de 25 personas o 25% del aforo.

1 de febrero

  • Comercio al por menor presencial guardando el aforo correspondiente.
  • Salas de belleza y barberías.

15 de febrero

  • Lava autos, sastrerías y zapaterías.
  • Industrias creativas y culturales.
  • Industrias pendientes por abrir.
  • Restaurantes presenciales con uso obligatorio de mamparas acrílicas.

1 de marzo

  • Gimnasios.
  • Salas de masajes, estéticas y spa.
  • Lotería e hipódromo.

15 de marzo

  • Playas y balnearios.
  • Cines.

Las discotecas y bareas aún no tienen fecha de aperturas.

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