Sociedad

Gabinete flexibiliza importación de combustible en Chiriquí y Bocas del Toro ante desabastecimiento

Gobierno anuncia estrategias de emergencia ante desabastecimiento de combustible

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  • El Consejo de Gabinete estableció, mediante un decreto, medidas temporales para mitigar la crisis de combustible que afecta a las provincias de Bocas del Toro y Chiriquí.
  • Estas provincias han experimentado una interrupción en el suministro habitual de combustibles debido a los bloqueos de la Carretera Interamericana, los cuales se han realizado como forma de protesta en contra del contrato minero 406.
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  • Como respuesta, el Decreto de Gabinete N. 034 autoriza la importación y distribución temporal de combustibles en estas provincias, sin la necesidad de pasar por las Zonas Libres de Combustible.
  • La Autoridad Nacional de Aduanas supervisará la entrada de combustibles en el país, mientras que la Secretaría Nacional de Energía aprobará su importación. Se requiere una certificación del país de origen y el cumplimiento de los Reglamentos Técnicos vigentes para garantizar la calidad del combustible.
  • Estas medidas están programada por un período de quince días, con la posibilidad de extensión según la evolución de la situación y las recomendaciones de la Secretaría Nacional de Energía.
  • Además del Decreto de Gabinete, la Secretaría de Energía estableció una fórmula específica para el Precio de Importación para la Venta al Mercado Doméstico (PIVMD) de combustibles líquidos.
  • La fórmula para calcular el PIVMD incluye el precio de venta del combustible para la exportación en la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) más los costos de flete para el transporte del combustible hasta Changuinola y David.
  • Este precio sustituirá temporalmente el Precio de Paridad de Importación (PPI) para efectos de la vigencia y aplicación del mencionado Decreto.
  • Adicionalmente, se estableció un precio máximo de venta al público para algunos combustibles líquidos en las ciudades de David y Changuinola.
  • Este precio considera el PIVMD y los márgenes razonables de comercialización, y estará vigente hasta el 17 de noviembre de 2023 a las 5:59 a.m.
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