Política

Pela el ojo: a partir de febrero los candidatos no pueden participar en actos públicos

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  • El Tribunal Electoral reiteró que a partir del 1 de Febrero, todos los precandidatos y candidatos de partidos políticos tienen prohibido «participar en eventos de inauguración de obras públicas o en actividades financiadas con fondos públicos». Esto basado en el artículo 282 del Código Electoral.
  • En el caso de los candidatos por libre postulación o independientes, esa prohibición está válida desde junio del 2022, cuando se da su reconocimiento.
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  • En ambos casos, si los candidatos o precandidatos incumplen esta disposición podrían ser inhabilitados para correr según el artículo 35 del mismo Código Electoral.
  • El Tribunal Electoral aclaró en un comunicado que «En cuanto a las actividades financiadas con fondos públicos, se refiere a aquellas directamente relacionadas con la inauguración de obras públicas en las que se prohíbe la colocación de placas personalizadas de las autoridades oficiales.»
  • También dejaron claro que la prohibición excluye actividades «oficiales propias e inherentes al ejercicio del cargo, financiadas con el presupuesto nacional o municipal, ajenas a la inauguración de obras públicas.»
Nombre del Artículo - Foco Panamá

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