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Judiciales

«De Obarrio lleva una vida en rebeldía», Esposa de Chichi de Obarrio rompe el silencio

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Yvette Barsallo dio declaraciones en el programa de radio de Álvaro Alvarado. Aquí todo lo que debes saber:

  • Yvette Barsallo, esposa de Adolfo «Chichi» de Obarrio habló sobre su relación con el ex secretario privado de Martinelli, quien se encuentra prófugo de la justicia.
  • Lee también: Llaman a juicio a Chichi de Obarrio por enriquerimiento injustificado y lavado de dinero
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  • Barsallo dejó claro que De Obarrio lleva una vida de lujos en Italia, gastándose hasta $6 mil dólares en una noche en fiestas.
  • Ante la pregunta sobre si ella considera que alguien en Panamá le estaría financiando sus gastos, dejó claro que es una posibilidad, ya que su nivel de vida contrasta con sus supuestos ingresos como empresario de restaurantes.
  • Barsallo también recalcó que es incongruente que el mismo De Obarrio, que ha estado ausente durante sus múltiples procesos penales por corrupción, sí haya estado presente para su audiencia con una jueza de familia y hasta el Ministerio Público donde se definía la custodia de su hija.
  • Te puede interesar: Declaran en rebeldía a Chichi de Obarrio
  • Yvette Barsallo también contó un episodio en el 2015 cuando estaban radicados en Miami, Estados Unidos. Barsallo, recuerda como De Obarrio tuvo que huir a Italia, país en el que es ciudadano, tras enterarse que su nombre habría salido a relucir en la investigación que realizaba el Departamento de Justicia de Los Estados Unidos por corrupción en el caso Odebrecht.
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Alerta en la AIG: denuncian corrupción en la administración del vale digital

Luis Carlos Stoute acusa a ex-administrador Luis Oliva de posibles delitos.

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  • Luis Carlos Stoute, subadministrador de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG), presentó una denuncia ante el Ministerio Público que implica a Luis Oliva, exadministrador de la AIG y actual candidato a diputado, en presuntas irregularidades en la administración del programa de vale digital.
  • La denuncia se centra en la plataforma digital «LISTO», usada para administrar el vale digital.
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  • Stoute señala hallazgos de «irregularidades o claros indicios» en posibles delitos contra la administración pública.
  • La plataforma, inicialmente desarrollada por la AIG, pasó a ser gestionada por una empresa privada, Fintek, S.A., que cobraba comisiones a los proveedores del vale.
  • La denuncia sugiere que la migración del software no se debió exclusivamente a problemas de pago, sino a una estrategia premeditada.

Cuestionamientos sobre Fintek, S.A.

  • Fintek, S.A., la empresa encargada de LISTO, comenzó como Retail Services Worldwide, S.A. en 2018.
  • La denuncia cuestiona cómo Fintek obtuvo el control de la plataforma, desarrollada parcialmente por técnicos de la AIG y financiada con fondos estatales.
Miembros de Fintek, S.A
  • La migración a LISTO generó dos problemas evidentes: Fintek cobraría a los negocios afiliados un 0.5% por operación, y la plataforma era propiedad intelectual de la AIG, desarrollada con fondos públicos.
  • Stoute alega que la elección de Fintek para manejar el software no siguió un proceso transparente ni cumplió con la Ley de Contrataciones Públicas.
  • Tras las revelaciones, Stoute solicitó una auditoría y cuestionó la legitimidad y transparencia del acuerdo con Fintek, firmado por Oliva casi un año después de la fecha oficial del documento.
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Judiciales

Arrestan a vendedor de Rolex falsos en el corregimiento de San Francisco

Incautación de armas y relojes falsificados en redada policial

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  • En el corregimiento de San Francisco, Panamá unidades policiales arrestaron a un hombre acusado de vender relojes falsificados de la marca Rolex.
  • Según las investigaciones de las autoridades, el detenido promocionaba y vendía relojes de alta gama como si fueran auténticos a través de diversas plataformas digitales.
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  • En el allanamiento, que contó con la colaboración del Ministerio Público de Panamá, se incautó dinero en efectivo, armas de fuego y municiones.
  • Comercializar artículos de marcas falsificadas puede ser penado con hasta 6 años de prisión.
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Judiciales

Mira aquí los argumentos que usó la Corte para declarar inconstitucional el contrato minero

Un resumen del fallo judicial

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  • El Pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá declaró inconstitucional la Ley No. 406 de 2023, que aprobó el contrato de concesión minera entre el Estado y Minera Panamá S.A.
  • La Corte identificó que la mencionada ley violaba múltiples artículos de la Constitución de la República de Panamá, incluyendo los artículos 4, 17, 18, 19, 20, 32, 43, 46, 56, 109, 118, 119, 120, 121, 124, 159, 163, 200, 257, 258, 259, 266, 285, 286 y 298:
    • Ética de la Inversión Internacional y Riesgo de Arbitraje: La Corte discutió la importancia de que los tratados de inversión internacional respeten el orden público nacional y las leyes internas. Se mencionó que varios países se han retirado de tratados bilaterales y multilaterales de inversión para reducir su exposición a demandas arbitrales.
      • Artículos Relevantes: Artículo 4 (relacionado con el respeto a las normas de Derecho Internacional) y el Artículo 17 (sobre la supremacía de los intereses nacionales).
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    • Derechos Humanos y Ambientales: Se enfatizó la necesidad de respetar los derechos humanos y ambientales en el contexto de la inversión internacional, destacando la ética de contratar con base en el más alto estándar de derecho al ambiente.
      • Artículos Relevantes: Artículos 118 y 119 (que tratan sobre la protección del medio ambiente), así como el Artículo 127 (sobre la conservación de la flora y fauna).
    • Incongruencias en la Ley y el Contrato: La Corte analizó aspectos específicos de la Ley No. 406 de 2023 y el contrato de concesión, encontrando incongruencias con respecto al orden público y el interés social. Se observaron infracciones a varios artículos de la Constitución relacionados con el debido proceso, bienes de uso público, y beneficios extraordinarios a particulares.
      • Artículos Relevantes: Artículos 4, 17, 18, 32, 43, 46, 56, 109, 120, 127, y 124, que incluyen aspectos de igualdad ante la ley, protección del medio ambiente, y bienes de uso público.
    • Imposibilidad de Efectos Retroactivos de la Ley: Se declaró improcedente la aplicación retroactiva de la Ley No. 406 de 2023, argumentando que no cumplía con los requisitos constitucionales para ser considerada de orden público e interés social.
      • Artículos Relevantes: Artículo 44 (sobre la no retroactividad de las leyes).
    • Preeminencia de la Protección Ambiental: La Corte reafirmó que la protección del derecho a la vida, la salud y el medio ambiente debe prevalecer sobre derechos económicos, incluyendo el derecho a la inversión.
      • Artículos Relevantes: Artículos 118 y 119 (protección del medio ambiente y desarrollo sostenible), y el Artículo 127 (protección de la flora y fauna)​​.
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